ANIFI (Autoridad Nacional de Integridad Financiera) es el nombre de la autoridad administrativa independiente que el Gobierno de España propone crear para integrar funciones que actualmente se reparten entre SEPBLAC y la Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
Si el anteproyecto se convierte en ley, ANIFI pasaría a ser la autoridad central española para inteligencia financiera, supervisión e inspección en materia de PBC/FT, potestad sancionadora, sanciones financieras internacionales y lucha contra la financiación de la proliferación. También sería el interlocutor único de España ante la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo, AMLA.
Estado a 29 de julio de 2026
ANIFI todavía no existe como autoridad operativa. El 28 de julio de 2026, el Consejo de Ministros aprobó en primera vuelta el anteproyecto de ley. El texto aún debe someterse a audiencia e información pública y continuar su tramitación legislativa. Hasta que una ley definitiva entre en vigor y se apliquen sus disposiciones transitorias, siguen vigentes las autoridades, obligaciones y procedimientos actuales.
ANIFI de un vistazo
| Pregunta | Respuesta directa |
|---|---|
| ¿Qué significan las siglas ANIFI? | Autoridad Nacional de Integridad Financiera. |
| ¿ANIFI ya está operativa? | No. Forma parte de un anteproyecto de ley aprobado por el Gobierno el 28 de julio de 2026. |
| ¿Qué organismos integraría ANIFI? | Unificaría funciones que actualmente se reparten entre SEPBLAC y la Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. |
| ¿Qué funciones tendría ANIFI? | Inteligencia financiera, supervisión e inspección PBC/FT, potestad sancionadora, sanciones financieras internacionales y control de la financiación de la proliferación. |
| ¿Desaparecería SEPBLAC? | La propuesta integraría las funciones de SEPBLAC en ANIFI. La transición jurídica y operativa definitiva todavía no se ha establecido. |
| ¿Se integrarían el Banco de España y la CNMV en ANIFI? | No. Una reforma relacionada les transferiría las funciones de resolución ejecutiva del FROB, pero no los incorporaría a ANIFI. |
| ¿Cómo se financiaría ANIFI? | Mediante tasas aplicadas a sujetos obligados sometidos a licencia administrativa —principalmente entidades financieras y operadores de juego— y un porcentaje limitado de las sanciones impuestas. |
| ¿Cuándo podría entrar en funcionamiento? | No hay una fecha definitiva. España también debe transponer la mayor parte de la Directiva (UE) 2024/1640 antes del 10 de julio de 2027. |
¿Por qué propone España crear ANIFI?
España reparte actualmente funciones esenciales de PBC/FT entre dos órganos. En el marco vigente, SEPBLAC actúa como Unidad de Inteligencia Financiera española y ejerce funciones de supervisión. La Secretaría de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias apoya la elaboración normativa, los procedimientos sancionadores y las actuaciones relacionadas con las sanciones financieras internacionales.
El Gobierno considera que reunir estas funciones permitiría crear un centro institucional más claro e independiente. Los objetivos declarados son reforzar la arquitectura española de prevención, adaptarla al paquete europeo contra el blanqueo aprobado en 2024 y alinearla con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
No se trata únicamente de cambiar el nombre de un organismo. Una autoridad única podría conectar inteligencia, supervisión, inspecciones, potestad sancionadora y sanciones financieras dentro de una misma institución. Esto podría reducir la fragmentación, aunque el resultado práctico dependerá del texto definitivo, las garantías de gobernanza, los recursos, el acceso a datos y las normas transitorias.
¿Qué competencias tendría ANIFI?
El anteproyecto atribuye a ANIFI un ámbito amplio de actuación:
- ejercer como Unidad de Inteligencia Financiera de España;
- supervisar e inspeccionar el cumplimiento PBC/FT de los sujetos obligados;
- ejercer la potestad sancionadora;
- asumir competencias sobre sanciones financieras internacionales;
- supervisar las medidas contra la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva;
- coordinar la relación de España con AMLA.
La financiación de la proliferación es uno de los elementos más destacados. El Gobierno la describe como una competencia que hasta ahora no estaba atribuida a ninguna autoridad. Refleja la ampliación del marco tradicional PBC/FT para incorporar expresamente la prevención y el control de la financiación de la proliferación.
ANIFI y SEPBLAC: ¿qué cambiaría?
ANIFI no debe entenderse como un simple cambio de nombre de SEPBLAC. Según la propuesta, las capacidades de inteligencia financiera y supervisión de SEPBLAC se integrarían en una autoridad que también asumiría funciones actualmente ejercidas por la Secretaría de la Comisión.
| Función | Situación actual | Modelo ANIFI propuesto |
|---|---|---|
| Unidad de Inteligencia Financiera | SEPBLAC | ANIFI |
| Supervisión e inspección PBC/FT | SEPBLAC, con coordinación dentro del sistema supervisor | ANIFI |
| Procedimiento y potestad sancionadora | Funciones repartidas en la estructura institucional actual | Centralizadas en ANIFI |
| Sanciones financieras internacionales | Secretaría de la Comisión y marco general de autoridades competentes | ANIFI asumiría un papel central |
| Financiación de la proliferación | Ninguna autoridad reúne la competencia propuesta | Competencia expresa de ANIFI |
| Relación con AMLA | Participación de distintas autoridades nacionales | ANIFI como interlocutor único de España |
La legislación definitiva deberá determinar cómo se trasladan el personal, los expedientes, las investigaciones, los canales de comunicación, las competencias y los procedimientos pendientes. Por tanto, los sujetos obligados no deberían modificar sus vías formales de comunicación antes de que se publiquen las disposiciones transitorias.
¿Sustituiría ANIFI al Banco de España, la CNMV o el FROB?
No. ANIFI no sustituiría al Banco de España ni a la CNMV como autoridades financieras sectoriales.
La propuesta está vinculada a una reorganización separada del FROB, la actual autoridad española de resolución ejecutiva. El Gobierno pretende construir ANIFI sobre la estructura operativa existente del FROB. Al mismo tiempo, las competencias de resolución ejecutiva del FROB se transferirían:
- al Banco de España para las entidades de crédito; y
- a la CNMV para las empresas de servicios de inversión.
La distinción es importante. La reforma antiblanqueo centralizaría en ANIFI las principales funciones de integridad financiera. La reforma de resolución reuniría las competencias de resolución preventiva y ejecutiva en el Banco de España y la CNMV. Son cambios institucionales relacionados, pero afectan a funciones distintas.
¿Cómo se financiaría ANIFI?
El Gobierno propone un modelo de financiación autónomo, sin dependencia ordinaria de los Presupuestos Generales del Estado. ANIFI se financiaría mediante:
- una tasa aplicada a sujetos obligados sometidos a licencia administrativa, principalmente entidades financieras y operadores de juego; y
- un porcentaje limitado de las sanciones económicas que imponga, destinado a actividades de prevención, persecución y cooperación internacional.
El objetivo es proporcionar recursos estables a la autoridad. El modelo también deberá ser examinado durante la tramitación legislativa. La ley definitiva tendrá que concretar la base de la tasa, su proporcionalidad, los mecanismos de rendición de cuentas y las garantías aplicables al uso de ingresos procedentes de sanciones.
La conclusión inmediata para las entidades reguladas no es que ya exista una tasa ANIFI exigible. No debe asumirse ninguna obligación de pago hasta que la legislación definitiva y sus normas de desarrollo la establezcan.
¿Qué otras medidas incluye la reforma española?
ANIFI es la principal novedad institucional, pero la reforma propuesta tiene un alcance más amplio. Según la referencia del Consejo de Ministros, el anteproyecto también:
- incorpora nuevas actividades al ámbito de los sujetos obligados;
- refuerza las potestades de inspección y sanción relacionadas con el Registro Central de Titularidades Reales;
- endurece los requisitos de idoneidad para impedir que personas condenadas por blanqueo actúen como sujetos obligados o los dirijan;
- refuerza el control de los movimientos de efectivo y otros medios de pago;
- adapta el marco español a las normas europeas y los estándares internacionales.
El alcance detallado de estas medidas no debe considerarse definitivo hasta que el texto complete su tramitación y sea aprobado y publicado.
Por qué ANIFI importa para la relación entre España y AMLA
La propuesta de ANIFI coincide con la integración del marco español en un sistema europeo mucho más coordinado.
La Directiva (UE) 2024/1640 exige que los Estados miembros transpongan la mayor parte de sus disposiciones antes del 10 de julio de 2027. Mientras tanto, la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo está desarrollando un marco común de supervisión, coordinando las Unidades de Inteligencia Financiera y preparándose para la supervisión directa.
AMLA prevé seleccionar durante 2027 hasta 40 entidades financieras o grupos transfronterizos de alto riesgo e iniciar su supervisión directa en 2028. Las autoridades nacionales seguirán supervisando a la mayoría de los sujetos obligados, aunque lo harán dentro de un marco europeo más armonizado.
Al designar a ANIFI como interlocutor único español, la propuesta pretende proporcionar a AMLA un punto de contacto nacional claro para la supervisión, la inteligencia financiera y la coordinación institucional.
De la propuesta española a la supervisión directa europea
- 28 jul 2026
El Gobierno aprueba el anteproyecto
El Consejo de Ministros aprueba en primera vuelta la propuesta de creación de ANIFI.
- 2026–2027
Audiencia y tramitación legislativa
El texto debe someterse a audiencia e información pública y continuar su tramitación. Su contenido puede cambiar.
- 10 jul 2027
Plazo de transposición
Fecha límite para transponer la mayor parte de la Directiva (UE) 2024/1640.
- Durante 2027
Selección de AMLA
AMLA prevé seleccionar hasta 40 entidades financieras o grupos transfronterizos de alto riesgo.
- 2028
Supervisión directa de AMLA
AMLA tiene previsto comenzar la supervisión directa de las entidades seleccionadas.
Qué podría significar ANIFI para los sujetos obligados
La propuesta no suspende ni sustituye las obligaciones actuales. Los sujetos obligados en España deben continuar cumpliendo la Ley 10/2010, su normativa de desarrollo y los procedimientos vigentes de las autoridades competentes.
Si se aprueba, la reforma podría afectar a cinco ámbitos prácticos.
1. Una relación supervisora más integrada
Una autoridad que reúna inteligencia, supervisión y potestad sancionadora podría conectar con mayor rapidez la información procedente de estas funciones. Las entidades deberían garantizar la coherencia entre políticas, evaluaciones de riesgo, expedientes de clientes, alertas de monitorización, comunicaciones por indicio y explicaciones facilitadas durante las inspecciones.
2. Mayor coherencia sancionadora
Acercar la inspección y la potestad sancionadora podría acortar el recorrido entre una deficiencia de control y la respuesta de la autoridad. Las garantías institucionales definitivas serán importantes, pero las entidades ya deberían comprobar que sus procedimientos escritos coinciden con la práctica operativa.
3. Mayor atención a la titularidad real
La reforma aborda expresamente el Registro Central de Titularidades Reales y los requisitos de idoneidad. Los equipos de cumplimiento deberían comprobar si pueden identificar a los titulares reales y las personas que ejercen el control, documentar discrepancias, revisar partes vinculadas y conservar las fuentes que justifican cada decisión.
4. Controles más maduros sobre sanciones y financiación de la proliferación
Las competencias propuestas sobre sanciones financieras internacionales y financiación de la proliferación exigen evitar que el control de sanciones se limite a una comprobación de nombres durante el alta. Las actualizaciones de listas, la titularidad y el control, las partes de una operación, la exposición geográfica y los patrones transaccionales inusuales necesitan procedimientos definidos de análisis, escalado y conservación de evidencias.
5. Mayor coordinación europea
Los grupos financieros transfronterizos podrían recibir solicitudes de datos y aplicar métodos de evaluación de riesgo más normalizados a medida que evolucione el modelo de AMLA. Incluso las entidades que continúen bajo supervisión nacional operarán con un marco normativo europeo más armonizado.
Qué deberían hacer ahora los equipos de cumplimiento
No es necesario esperar a la creación de una nueva autoridad para mejorar los controles. Tampoco existe base para tratar un anteproyecto como si fuera una ley definitiva.
Utilice esta lista de preparación:
- Controle el estado legislativo. Registre la fecha, la fuente y la fase de cada novedad. Distinga entre aprobación gubernamental, tramitación parlamentaria, publicación y entrada en vigor.
- Mantenga los canales actuales. Continúe utilizando los procedimientos vigentes de SEPBLAC y de las autoridades competentes hasta que se publique una transición oficial.
- Asigne responsabilidades regulatorias. Identifique qué equipos gestionan la diligencia debida, la titularidad real, las comunicaciones por indicio, las sanciones, la financiación de la proliferación, las comunicaciones a las autoridades y las respuestas a inspecciones.
- Compruebe la trazabilidad de los datos. La entidad debe poder demostrar el origen de los datos de identidad, titularidad, control y operaciones, así como su influencia en cada decisión.
- Revise el alcance de los controles. Confirme que se comprueban clientes, titulares reales, administradores y partes de las operaciones cuando se producen cambios relevantes, no solo durante el alta.
- Mejore la documentación de los casos. Conserve datos de entrada, coincidencias potenciales, análisis, decisiones, autorizaciones y actuaciones en un expediente auditable.
- Prepare la transición. Elabore un inventario de políticas, formularios, referencias a autoridades, portales y documentos contractuales que puedan requerir actualización cuando entre en vigor la ley definitiva.
- Siga el modelo de tasas. Las entidades financieras y los operadores de juego sometidos a licencia deberían vigilar cómo se define la futura tasa de ANIFI durante la tramitación.
Para conocer el marco operativo vigente, consulte nuestra guía detallada sobre SEPBLAC y control de sanciones en España.
Preguntas frecuentes
¿Es ANIFI el nuevo supervisor antiblanqueo de España?
ANIFI es la autoridad nacional de integridad financiera propuesta por España, no un organismo que ya esté operativo. Si el anteproyecto se convierte en ley, centralizaría inteligencia financiera, supervisión e inspección PBC/FT, potestad sancionadora, sanciones financieras internacionales y control de la financiación de la proliferación.
¿Ha sustituido ANIFI a SEPBLAC?
No. SEPBLAC continúa ejerciendo sus funciones actuales. La propuesta integraría sus funciones en ANIFI cuando entren en vigor la legislación y las disposiciones transitorias correspondientes.
¿Cuándo empezará a funcionar ANIFI?
No se ha establecido una fecha definitiva. El Gobierno aprobó el anteproyecto el 28 de julio de 2026. Antes de que ANIFI pueda asumir sus funciones deberán completarse la audiencia pública, la tramitación legislativa, la publicación de la ley y la transición operativa.
¿Se comunicarán las operaciones sospechosas a ANIFI en lugar de a SEPBLAC?
Todavía no. Los sujetos obligados deben continuar utilizando los procedimientos de comunicación por indicio aplicables ante SEPBLAC. La ley definitiva y el plan de implantación deberán explicar cuándo y cómo se trasladan esos canales a ANIFI.
¿ANIFI y AMLA son la misma autoridad?
No. ANIFI sería la autoridad nacional española. AMLA es la autoridad de la Unión Europea con sede en Fráncfort. La propuesta convertiría a ANIFI en el interlocutor único de España ante AMLA.
¿ANIFI supervisará directamente a todos los sujetos obligados españoles?
La propuesta atribuye a ANIFI amplias funciones de supervisión e inspección, pero el perímetro exacto y los mecanismos de coordinación dependerán de la ley definitiva. Por otra parte, AMLA prevé supervisar directamente desde 2028 hasta 40 entidades financieras o grupos transfronterizos de alto riesgo seleccionados.
¿Crea el anteproyecto nuevas obligaciones PBC/FT desde este momento?
No. La aprobación de un anteproyecto no genera por sí sola nuevas obligaciones operativas. Las entidades deben cumplir la legislación vigente y seguir la evolución de la propuesta.
¿Qué deberían preparar primero las empresas?
Deben empezar por disponer de datos fiables sobre titularidad real, evaluaciones documentadas del riesgo del cliente, controles de sanciones y PEP activados por cambios relevantes, procedimientos claros de escalado, decisiones auditables y un inventario de los procedimientos que citan a las autoridades actuales.
Fuentes oficiales
- Referencia del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026: reforma integral del marco español de PBC/FT
- Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
- Directiva (UE) 2024/1640
- Reglamento (UE) 2024/1620 por el que se crea AMLA
- AMLA: funciones y calendario de implantación
- AMLA: explicación de la supervisión directa a partir de 2028
Construya un marco PBC/FT preparado para auditoría
Los nombres de las instituciones pueden cambiar, pero la exigencia esencial permanece: las entidades deben conocer a sus clientes y titulares reales, detectar riesgos relevantes, investigar alertas y conservar documentación auditable.